Este trámite, que se hace a través del juzgado, reduce sus deudas que no son objeto del crédito de vivienda (deudas de la tarjeta de crédito, crédito del coche, etc.), hasta en un 90%. El pago se deberá realizar en un plazo de 3 años (puede prolongarse a 5 años). A diferencia de la declaración de quiebra, la deuda total no desaparece, pero para las personas que desean mantener la casa y que tienen la posibilidad de obtener ingresos continuos es la mejor solución.
El crédito de vivienda no obtiene ninguna reducción. Además, las personas que tienen, aparte del crédito de vivienda, una deuda mayor a 50 millones de yenes, no pueden hacer este trámite.
El monto a pagar se llama “Saitei bensaigaku 最低弁済額”(pago mínimo). Está determinado por ley.
El restablecimiento personal por proceso civil se clasifica en dos partes: “Restablecimiento para personas con negocio propio” y el “Restablecimiento para personas asalariadas”. En la siguiente tabla se explican las caracteristicas.
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Tipos |
Restablecimiento para personas con negocio propio |
Restablecimiento para personas asalariadas |
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Caracteristica
1
Requisitos de calificación
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Requisitos: menos severos |
Requisitos: severos |
- Personas que tienen la posibilidad de obtener ingresos continuos.
- A parte del crédito de vivienda tiene deudas menores a 50 millones de yenes.
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- Personas que tienen la posibilidad de obtener ingresos continuos.
- A parte del crédito de vivienda tiene deudas menores a 50 millones de yenes.
- Percibe regularmente un sueldo.
- No se prevé variaciónes amplias en los ingresos.
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Caracteristica 2
La cantidad mínima que deberá pagar se calcula de la siguiente manera.
(pago mínimo)
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Total de la deuda |
Pago mínimo |
Hasta\ 1,000,000 |
Deuda total |
\1,000,000 ~
\5,000,00 |
\1,000,000 |
\5,000,000 ~
\15,000,000 |
La quinta parte del total. |
\15,000,000 ~
\30,000,000 |
\3,000,000 |
\30,000,000 ~
\50,000,000 |
La decima parte del total. |
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De los tres puntos mencionados abajo,(a)(b)(c), se deberá pagar el monto de mayor cantidad.
a)Monto obtenido del “Pago mínimo” de la tabla de la izquierda.
b)Monto obtenido del sueldo mensual restado de los gastos del hogar (alquiler de la casa, comida, servicios de agua, luz, gas. etc) multiplicado por 24 meses.
c)Si ahora usted se declara en quiebra, el monto total disponible a pagar al acreedor se calcula según el trámite formal para procesos de quiebra, indicado por el juzgado. |